Vestigia Cumplimiento con evidencia

Servicio · Entrada

Diagnóstico de exposición

Tres semanas, precio fijo, alcance cerrado. Al final sabe exactamente qué le falta, cuánto cuesta cerrarlo y en qué orden hacerlo.

Alcance

Qué hacemos en tres semanas

SemanaTrabajo
Semana 1Entrevistas con las áreas que tratan datos y revisión documental. Levantamiento preliminar de tratamientos, sistemas y flujos, incluidos los que salen del país.
Semana 2Contraste contra el régimen aplicable: bases de licitud, datos sensibles, deberes de seguridad, encargados y obligaciones de reporte. Revisión de contratos críticos con proveedores.
Semana 3Consolidación de hallazgos, estimación de esfuerzo y presentación al comité o a la gerencia general.
Entregable

Qué recibe

  • Inventario preliminar de tratamientos con base de licitud propuesta para cada uno.
  • Informe de hallazgos, con cada uno clasificado como error normativo confirmado, brecha de control acreditable o hipótesis que requiere verificación interna. La distinción importa: permite actuar sobre lo cierto sin esperar a resolver lo dudoso.
  • Mapa de obligaciones cruzadas entre la Ley 21.719, la Ley 21.663 y la normativa sectorial que le aplique.
  • Hoja de ruta priorizada por degradación de evidencia, no por gravedad conceptual. Un registro que nadie guardó no se reconstruye después; una cita mal puesta se corrige igual de bien en tres meses.
  • Estimación de esfuerzo y costo para cerrar cada brecha, ejecutable por su equipo interno o por terceros.

Precio referencial: 120 a 250 UF más IVA, según cantidad de sistemas, unidades de negocio y presencia en más de una jurisdicción. La propuesta lleva precio cerrado, no estimado.

Límites

Qué no incluye

Preferimos decirlo antes de firmar.

  • No es una auditoría. Una auditoría exige acceso a evidencia de operación y una ejecución que este alcance no contempla. Lo que entregamos es una evaluación técnico-normativa.
  • No incluye pruebas de intrusión, análisis forense ni revisión de código. Cuando hace falta, trabajamos con un tercero especializado y se lo decimos.
  • No sustituye el pronunciamiento de un abogado habilitado sobre una controversia concreta ni la interpretación del regulador competente.
  • No implementa. La implementación se cotiza aparte y usted es libre de hacerla con quien quiera.